Reglamento de IA tras el Ómnibus Digital: las nuevas fechas
El Reglamento (UE) 2026/1744 aplazó las normas de IA de alto riesgo a diciembre de 2027 y agosto de 2028. La transparencia rige desde agosto de 2026.
El Ómnibus Digital sobre IA, Reglamento (UE) 2026/1744, se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026 y entró en vigor el 27 de julio de 2026. Modifica el Reglamento de IA (Reglamento (UE) 2024/1689) y cambia cuándo se aplican varias de sus obligaciones.
Ya se aplica
- 2 de febrero de 2025: las prácticas prohibidas (artículo 5) y la alfabetización en IA (artículo 4).
- 2 de agosto de 2025: las normas para los modelos de IA de uso general, los órganos de gobernanza y el régimen sancionador.
- 2 de agosto de 2026: las obligaciones de transparencia del artículo 50, por ejemplo avisar a las personas de que hablan con un chatbot y marcar el contenido generado por IA. El Ómnibus no ha movido esta fecha.
Aplazado por el Ómnibus
- Sistemas de IA de alto riesgo del anexo III (por ejemplo en selección de personal y RR. HH., educación, evaluación de solvencia y acceso a servicios esenciales): desde el 2 de diciembre de 2027 en lugar del 2 de agosto de 2026.
- IA de alto riesgo en productos del anexo I (como máquinas, juguetes y productos sanitarios): desde el 2 de agosto de 2028 en lugar del 2 de agosto de 2027.
Novedades
- 2 de diciembre de 2026: dos nuevas prohibiciones, de los sistemas de IA que generan imágenes íntimas o sexuales no consentidas de personas identificables y de los que generan material de abuso sexual infantil.
- Hasta el 2 de diciembre de 2026, los sistemas generativos introducidos en el mercado antes del 2 de agosto de 2026 tienen más tiempo para la obligación de marcado del artículo 50, apartado 2.
- La alfabetización en IA sigue siendo una obligación, de forma más flexible: proveedores y responsables del despliegue deben adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal, sin tener que garantizar un nivel concreto.
Qué significa para la mayoría de las organizaciones
La mayoría de las empresas usa herramientas de IA en lugar de desarrollarlas. Para ellas, las prioridades de este año son: un inventario de las herramientas en uso, una revisión frente a las prohibiciones, una formación documentada en alfabetización en IA y las comprobaciones de transparencia del artículo 50. Los casos del anexo III, como el cribado de currículos, pueden planificarse para las obligaciones de los responsables del despliegue que se aplican desde el 2 de diciembre de 2027.
El calendario completo, con lo que cambió y lo que no: calendario del Reglamento de IA tras el Ómnibus Digital.
Fuentes
- Regulation (EU) 2024/1689 (AI Act)
- Regulation (EU) 2026/1744 (Digital Omnibus on AI)
- European Commission: Digital Omnibus on AI Regulation proposal
Solo a título informativo, no es asesoramiento jurídico. Última actualización: 19 de octubre de 2026.
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